4.4 Ética del comercio electrónico
- Toda prueba o información sobre encuestas a que se refiera la publicidad debe ser obtenida de un órgano competente bajo metodologías confiables siguiendo normas técnicas establecidas.
- Para obtener información no se deben usar artificios o engaños tales como informar identidad falsa, alegar llamadas personales, alegar indicaciones de una tercera persona (inexistente), simular encuestas de opinión o utilizar cualquier otro recurso que no sea verdadero o éticamente válido para lograr su objetivo.
- La publicidad por Internet, no puede ser inmoral, no debe animar prácticas racistas, excluyentes, no debe atentar con la moral de las personas y sobre todo (sobre todo en el caso de publicidad vía e – mail, debe ser solicitada con anterioridad. (problema frecuente con las listas de correo).
- Los mensajes de publicidad y de marketing en Internet no deberán ser diseñados o transmitidos de una manera que tengan un efecto negativo en la confianza pública en Internet como un medio de marketing.
- Quien comercia en Internet deberá siempre dar a conocer su propia identidad o aquella de cualquier filial pertinente, de tal manera que el usuario los pueda contactar sin dificultad. Esto incluye las direcciones comerciales de e-mail, telefónicas y postal.
- Es necesario que se aclare a los usuarios el costo de servicios por Internet claramente especialmente si el costo es mayor al uso del costo de la comunicación.
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